Conforme las disposiciones del art. 23 - Ordenanza Nº 7.767 y Reglamento Interno aprobado por Resolución Nº 028-13 del Tribunal Municipal de Cuentas.Ordenanza 7767 - Art. 23: El Tribunal Municipal de Cuentas remitirá memoria anual al Honorable Concejo Municipal antes de la apertura del período ordinario de sesiones. Esta incluirá una relación de lo actuado durante el período anterior, enviando una copia de la memoria al Departamento Ejecutivo. Si el Honorable Concejo Municipal se lo solicitare, acompañarán copias de los dictámenes, conclusiones y recomendaciones, como asimismo de los informes que les solicite el Cuerpo. No obstante el Tribunal podrá adelantar parte de su informe al Honorable Concejo Municipal en el momento que considere necesario.